Sello de Inclusión Social

Sello de Inclusión Social

Descripción

Con el fin de fomentar la colaboración público-privada para contribuir al objetivo común de inclusión social, la disposición adicional primera de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, incluye el mandato de regular reglamentariamente el Sello de Inclusión Social (SIS). El SIS es un distintivo público de la Administración General del Estado con el que se distinguirá a las entidades públicas empresariales, a las sociedades mercantiles públicas, empresas privadas, trabajadores por cuenta propia o autónomos, así como a las fundaciones, que desarrollen actuaciones que contribuyan al tránsito de las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital, desde una situación de riesgo de pobreza y exclusión a la participación activa en la sociedad.

El SIS se desarrolla a través del Real Decreto 636/2022, de 26 de julio, por el que se regula el Sello de Inclusión Social.

Disponible en:https://www.boe.es/boe/dias/2022/07/27/pdfs/BOE-A-2022-12509.pdf 

Tipologías:

El Sello se podrá solicitar y obtener bajo diferentes tipologías, siendo posible solicitar y obtener varias tipologías a la vez, por una o más actuaciones.

Las tipologías del Sello son:

  1. Acceso a bienes y servicios.
  2. Apoyo a la infancia y la adolescencia.
  3. Inserción sociolaboral.
  4. Digitalización.
  5. Otros.

Las actuaciones desarrolladas deberán integrar el principio de igualdad de género entre mujeres y hombres, la igualdad de oportunidades para todas las personas, sin discriminación por motivos de sexo, origen racial o étnico, religión o credo, discapacidad, edad, orientación sexual o identidad de género; y el principio de desarrollo sostenible.​

Requisitos

Podrán ser distinguidas con el SIS las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles públicas, las empresas privadas, los trabajadores por cuenta propia o autónomos, así como a las fundaciones.

Para poder obtener el Sello, las personas físicas y jurídicas solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

Ejercer actividad en territorio español.

Desarrollar medidas de inclusión social con personas beneficiarias del ingreso mínimo vital, previo consentimiento de las mismas, en cualquiera de los ámbitos recogidos en las diferentes tipologías del SIS.

Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social.

No haber sido sancionadas, en los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, por resolución firme, por cualquier infracción del ordenamiento jurídico vigente en el ejercicio de su actividad profesional, ligada a actuaciones o iniciativas de inclusión social.

No haber sido sancionadas, en los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, por resolución firme, por cualquier infracción de tipo penal, ni por infracciones administrativas graves o muy graves, del ordenamiento jurídico vigente, en el ejercicio de su actividad profesional. El requisito de no haber sido sancionadas por infracciones administrativas graves o muy graves, del ordenamiento jurídico vigente, en el ejercicio de la actividad profesional, podrá ser exceptuado por la administración, a petición del interesado, cuando dichas infracciones tengan carácter aislado, con una afección ligera en el conjunto de la actividad profesional.

Que las actuaciones por las que se solicita el Sello no estén financiadas con fondos procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos, nacionales, autonómicos, locales, europeos o de organismos internacionales.

No causar un perjuicio significativo al medio ambiente en el sentido establecido en el apartado 6) del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Disponer de un plan de igualdad, cuando corresponda, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

Solicitud

Para presentar la solicitud se deberá acceder a través del enlace Accede al Procedimiento que se encuentra más abajo.

Una vez dentro del procedimiento, debe seleccionar: "Alta solicitud" y rellenar el formulario. La solicitud se acompañará de la documentación obligatoria detallada en el apartado: “Documentación obligatoria a presentar”, que encontrará más abajo.

Los modelos están disponibles en formato PDF editable, en el apartado “Requisitos y documentación” para su cumplimentación y envío junto a la solicitud. La documentación obligatoria deberá presentarse firmada digitalmente y en un formato no modificable.

ATENCIÓN: No será tenida como presentada ninguna solicitud que, aún dada de alta en esta sede electrónica, no sea realizada mediante los modelos normalizados oficiales disponibles en esta sede, en el plazo establecido.

Las notificaciones relativas a este procedimiento que realice la Secretaría General de Inclusión se producirán en esta misma sede electrónica. En el documento de la solicitud, aparece un campo en el que se deberá cumplimentar el correo electrónico en el que se recibirá un aviso cuando se produzca una notificación. Téngase en cuenta que al buzón de notificaciones únicamente podrá acceder la persona que disponga del certificado con el que se ha dado de alta la solicitud en esta sede electrónica.

Documentación obligatoria a presentar.

En todos los casos:

  • Memoria de actividades (anexo III) o plan de actuación (anexo V) según corresponda:
    • Personas físicas o jurídicas que ya hayan desarrollado medidas de inclusión social – memoria de actividades.
    • Grandes empresas o sus fundaciones:
      • Que ya hayan desarrollado medidas de inclusión social - memoria de actividades.
      • Que prevean desarrollar medidas de inclusión social - plan de actuación.
  • Declaración responsable o documentación acreditativa del ejercicio de actividad en territorio español (anexo VI).
  • Declaración responsable de no sanción, ligada a actuaciones o iniciativas de inclusión social (anexo VII).
  • Declaración responsable de no sanción (anexo VIII).
  • Declaración responsable del cumplimiento de “no causar un perjuicio significativo” (anexo IX).
  • Declaración responsable de no financiación con fondos públicos (anexo X).
  • Declaración responsable del número de trabajadores (anexo XI).

Sólo en el caso de presentar memoria de actividades, deberá aportar, además:

  • Documentación acreditativa de las medidas desarrolladas con personas beneficiarias del ingreso mínimo vital.
  • Formularios de consentimiento de las personas beneficiarias (anexo II).
  • Listado personas beneficiarias del ingreso mínimo vital atendidas (anexo IV).

Sólo en el caso de presentar plan de actuación, deberá aportar, además:

  • Acreditación de tener la condición de gran empresa. En el caso de fundaciones, acreditación de la condición de gran empresa de la entidad que las haya fundado.

Sólo en caso de que no se autorice a la Secretaría General de Inclusión su consulta, deberá aportar, además:

  • Documentos de identificación: NIF/DNI/NIE.
  • Certificados de cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social.

Sólo en el caso de actuar por medio de representante, deberá aportar, además:

  • Documentación acreditativa de la representación.

Para poder firmar electrónicamente los documentos y la solicitud, se requiere el uso de certificado electrónico y tener instalada la aplicación Autofirma del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Autofirma puede descargarse desde el siguiente enlace:

http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html

Contacta con nosotros

Para cuestiones funcionales y/o legales sobre el procedimiento contactar con la Unidad Gestora del procedimiento:

Correo electrónico: selloinclusionsocialimv@inclusion.gob.es

Modo de acceso

icono dni electronico icono certificado electronico icono clave
Unidad De Gestión

Secretaría General de Inclusión

Código SIA

2858827

Acceso Al Procedimiento

Avisos

Si detecta problemas en el acceso o al firmar, deberá realizar los siguientes pasos: deben actualizar AUTOFIRMA:

1º Verifiquen que tienen la versión de autofirma 1.7.2

2º Si no es así, proceda a descargar e instalar esta última versión

3º Elimine caché o actualice con F5/control F5

Remitimos enlace donde pueden encontrar las descargas de autofirma: https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html 

Si el error persiste, realice el test de verificación de autofirma en https://valide.redsara.es/valide/? 

Si el test es negativo contacte con su informático. Si es positivo y continúan los problemas, envíenos una impresión de pantalla de comprobación.

Ante cualquier duda o aclaración, por favor contacte con nosotros por los medios habituales indicados en "atención al usuario" o "espacio información".

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