RD 672/2022, Subvenciones Comunidades Autónomas para fomentar mejor atención de necesidades básicas para personas afectadas por el conflicto de Ucrania

Real decreto 672/2022, de 1 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para promover y fomentar una mejor atención de las necesidades básicas de las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes.

Description

Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público, social y humanitario, de subvenciones a las comunidades autónomas para promover y fomentar una mejor atención a las necesidades básicas de las personas beneficiarias de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes, compensando el incremento en el gasto corriente y de personal que hayan tenido y vayan a tener las administraciones de las entidades beneficiarias y las entidades locales de sus respectivos territorios entre el 24 de febrero de 2022 y el 31 de diciembre de 2023 como consecuencia de la realización de alguna de las actuaciones financiables previstas.

Serán actuaciones financiables los gastos corrientes y de personal derivados del desarrollo de las siguientes prestaciones y actividades por las administraciones de las comunidades autónomas y las entidades locales de cada una:

  • El reforzamiento de los servicios de información y orientación que facilite el acceso equitativo a los recursos sociales y a los servicios públicos o, en su caso, la creación de nuevos dispositivos para este fin.
  • La prestación, directa o indirecta, de servicios de alojamiento o manutención a las personas beneficiarias de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de medios económicos suficientes en los alojamientos alternativos en situaciones de crisis personal o familiar, que podrán ser de carácter temporal o indefinido, de acuerdo con las circunstancias que lo determinen.
  • La prestación, directa o indirecta, de ayudas económicas destinadas a las personas beneficiarias de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de medios económicos suficientes, como complemento a las prestaciones básicas de alojamiento y manutención.
  • La prestación, directa o indirecta, de servicios de conciliación, ocio y tiempo libre.
  • La prestación, directa o indirecta, de servicios de aprendizaje del castellano u otras lenguas oficiales.
  • Los gastos de gestión que, sin estar directamente relacionados con las actuaciones previstas en las letras a), b) y c), sean estrictamente necesarios para poder realizar tales actuaciones. Las entidades beneficiarias podrán destinar hasta un 10 % de la totalidad de la cuantía que le corresponda por esta subvención a financiar dichos gastos.

Se consideran financiables las actuaciones realizadas entre el 24 de febrero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023.

El contenido de estas actuaciones se encuentra desarrollado en el articulado del Real Decreto 672/2022.

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Para cuestiones funcionales y/o legales sobre el procedimiento contactar con la Unidad Gestora del procedimiento:

Correo electrónico: subvenciones.ccaa@inclusion.gob.es

Access type

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Management Unit

Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal.

SIA Code

2895791

Aviso

LAS PERSONAS BENEFICIARIAS DE PROTECCIÓN TEMPORAL INTERESADAS EN SOLICITAR ESTAS AYUDAS DEBEN DIRIGIRSE A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DONDE ESTÉN EMPADRONADOS POR SER COMPETENTE PARA LA TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.

ОСОБИ З ТИМЧАСОВИМ ЗАХИСТОМ ЯКІ ХОЧУТЬ ЗАПРОСИТИ ЦЮ ДОПОМОГУ МАЮТЬ ЗВЕРНУТИСЯ У АВТОНОМНЕ СУСПІЛЬСТВО У ЯКОМУ ПРОПИСАНІ, ТАК ЯК ЦЕ ВОНИ УПОВНОВАЖЕНІ ДЛЯ ОПРАЦЮВАННЯ ДАНИХ ПРОЦЕДУР.
Дякуємо.

Access To Procedure

AVISO

AQUELLOS INTERESADOS BENEFICIARIOS DE PROTECCIÓN TEMPORAL DEBERÁN REALIZAR SUS SOLICITUDES A TRAVÉS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA COMPETENTE PARA LA GESTIÓN DE ESTA AYUDA

Avisos

Si detecta problemas en el acceso o al firmar, deberá realizar los siguientes pasos: deben actualizar AUTOFIRMA:

1º Verifiquen que tienen la versión de autofirma 1.7.2

2º Si no es así, proceda a descargar e instalar esta última versión

3º Elimine caché o actualice con F5/control F5

Remitimos enlace donde pueden encontrar las descargas de autofirma: https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html 

Si el error persiste, realice el test de verificación de autofirma en https://valide.redsara.es/valide/? 

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