Subvención directa de Atención Humanitaria

Subvención directa de Atención Humanitaria

Descripción

El programa de Atención Humanitaria está dirigido a atender el estado de necesidad de las personas migrantes en situación de vulnerabilidad debido al deterioro físico y a la carencia de apoyos sociales, familiares y medios económicos y que lleguen a las costas españolas o formen parte de asentamientos que comporten graves riesgos sociales y sanitarios y precisen de programas de actuación inmediata para su subsanación. La concesión de las subvenciones para el desarrollo de los programas se lleva a cabo de acuerdo con la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 27 de noviembre, artículos 22.2 y 28. El marco normativo se encuentra recogido en el Real Decreto 441/2007, de 3 de abril, modificado por el RD 450/2019, de 19 de julio (que incluye como beneficiarios a los solicitantes y beneficiarios de protección internacional que se encuentren en situación de vulnerabilidad), por el que se aprueban las normas reguladoras de la concesión directa de subvenciones a entidades y organizaciones que realizan actuaciones de atención humanitaria a personas migrantes.

El Programa Incluye los siguientes servicios:

  • Servicio de acogida que incluye no sólo la atención de las necesidades básicas de alojamiento y manutención sino también la provisión de herramientas sociales, como el aprendizaje del idioma, formación y orientación que favorezcan su integración en la sociedad de acogida. Este servicio comprende tres tipos de recursos que se activan en función del número de llegadas y de la capacidad de respuesta del sistema, que son los siguientes: Acogida Integral; Centros de Atención, Emergencia y Derivación (CAED), Acogida de Emergencia y Centros de Gestión Compartida.
  • Traslados de los beneficiarios desde los lugares de recogida (CETI, CIE, costas, asentamientos u otros recursos de alojamiento) hasta los dispositivos de acogida o lugares de ubicación de las redes sociales y familiares.
  • Atención en grandes ciudades integra dispositivos que actúan en situaciones de emergencia por elevada afluencia de personas migrantes a costas y desbordamiento del sistema de acogida humanitaria, articulando atención y pernocta.
  • Atención en costas para atender situaciones de emergencia humanitaria derivadas de la llegada de personas migrantes de forma irregular a través de la frontera terrestre o marítima.

La entidad podrá prestar independientemente uno o varios de los servicios propuestos salvo el servicio de Acogida Integral y el de Traslados que deberán desarrollarse conjuntamente de manera obligatoria.

Contacta con nosotros

Para cuestiones funcionales y/o legales sobre el procedimiento contactar con la Unidad Gestora del procedimiento:

Correo electrónico: subvenciones.humanitaria@inclusion.gob.es

Modo de acceso

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Unidad De Gestión

Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración.

Código SIA

206247

Acceso Al Procedimiento

Avisos

Si detecta problemas en el acceso o al firmar, deberá realizar los siguientes pasos: deben actualizar AUTOFIRMA:

1º Verifiquen que tienen la versión de autofirma 1.7.2

2º Si no es así, proceda a descargar e instalar esta última versión

3º Elimine caché o actualice con F5/control F5

Remitimos enlace donde pueden encontrar las descargas de autofirma: https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html 

Si el error persiste, realice el test de verificación de autofirma en https://valide.redsara.es/valide/? 

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