Sello de Inclusión Social
Con el fin de fomentar la colaboración público-privada para contribuir al objetivo común de inclusión social, la disposición adicional primera de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, incluye el mandato de regular reglamentariamente el Sello de Inclusión Social (SIS). El SIS es un distintivo público de la Administración General del Estado con el que se distinguirá a las entidades públicas empresariales, a las sociedades mercantiles públicas, empresas privadas, trabajadores por cuenta propia o autónomos, así como a las fundaciones, que desarrollen actuaciones que contribuyan al tránsito de las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital, desde una situación de riesgo de pobreza y exclusión a la participación activa en la sociedad.
El SIS se desarrolla a través del Real Decreto 636/2022, de 26 de julio, por el que se regula el Sello de Inclusión Social.
Disponible en:https://www.boe.es/boe/dias/2022/07/27/pdfs/BOE-A-2022-12509.pdf
Tipologías:
El Sello se podrá solicitar y obtener bajo diferentes tipologías, siendo posible solicitar y obtener varias tipologías a la vez, por una o más actuaciones.
Las tipologías del Sello son:
- Acceso a bienes y servicios.
- Apoyo a la infancia y la adolescencia.
- Inserción sociolaboral.
- Digitalización.
- Otros.
Las actuaciones desarrolladas deberán integrar el principio de igualdad de género entre mujeres y hombres, la igualdad de oportunidades para todas las personas, sin discriminación por motivos de sexo, origen racial o étnico, religión o credo, discapacidad, edad, orientación sexual o identidad de género; y el principio de desarrollo sostenible.
Requisitos:
Podrán ser distinguidas con el SIS las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles públicas, las empresas privadas, los trabajadores por cuenta propia o autónomos, así como a las fundaciones.
Para poder obtener el Sello, las personas físicas y jurídicas solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Ejercer actividad en territorio español.
- Desarrollar medidas de inclusión social con personas beneficiarias del ingreso mínimo vital, previo consentimiento de las mismas, en cualquiera de los ámbitos recogidos en las diferentes tipologías del SIS.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social.
- No haber sido sancionadas, en los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, por resolución firme, por cualquier infracción del ordenamiento jurídico vigente en el ejercicio de su actividad profesional, ligada a actuaciones o iniciativas de inclusión social.
- No haber sido sancionadas, en los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, por resolución firme, por cualquier infracción de tipo penal, ni por infracciones administrativas graves o muy graves, del ordenamiento jurídico vigente, en el ejercicio de su actividad profesional. El requisito de no haber sido sancionadas por infracciones administrativas graves o muy graves, del ordenamiento jurídico vigente, en el ejercicio de la actividad profesional, podrá ser exceptuado por la administración, a petición del interesado, cuando dichas infracciones tengan carácter aislado, con una afección ligera en el conjunto de la actividad profesional.
- Que las actuaciones por las que se solicita el Sello no estén financiadas con fondos procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos, nacionales, autonómicos, locales, europeos o de organismos internacionales.
- No causar un perjuicio significativo al medio ambiente en el sentido establecido en el apartado 6) del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
- Disponer de un plan de igualdad, cuando corresponda, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Contacta con nosotros
Para cuestiones funcionales y/o legales sobre el procedimiento contactar con la Unidad Gestora del procedimiento:
Correo electrónico: selloinclusionsocialimv@inclusion.gob.es
Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social
2858827
Requisitos y documentación
- Formulario Consentimiento Beneficiarios (anexo II)
- Memoria de actividades (anexo III)
- Listado personas beneficiarias IMV atendidas (anexo IV)
- Plan de actuación (anexo V)
- Declaración responsable actividad en territorio español (anexo VI)
- Declaración responsable de no sanción ligada a actuaciones o iniciativas de inclusión social (anexo VII)
- Declaración responsable de no sanción (anexo VIII)
- Declaración responsable de "no causar perjuicio significativo" (anexo IX)
- Declaración responsable no financiación con fondos públicos (anexo X)
- Declaración responsable del número de trabajadores (anexo XI)
- Informe anual (anexo XII)
Avisos
Si detecta problemas en el acceso o al firmar, deberá realizar los siguientes pasos: deben actualizar AUTOFIRMA:
1º Verifiquen que tienen la versión de autofirma 1.7.2
2º Si no es así, proceda a descargar e instalar esta última versión
3º Elimine caché o actualice con F5/control F5
Remitimos enlace donde pueden encontrar las descargas de autofirma: https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html
Si el error persiste, realice el test de verificación de autofirma en https://valide.redsara.es/valide/?
Si el test es negativo contacte con su informático. Si es positivo y continúan los problemas, envíenos una impresión de pantalla de comprobación.
Ante cualquier duda o aclaración, por favor contacte con nosotros por los medios habituales indicados en "atención al usuario" o "espacio información".
Sin información.