Presentació de sol·licituds d'autorització de residència de mobilitat internacional (Autoritzacions regulades per la Llei 14/2013, de suport als emprenedors i la seva internacionalització)
Description
Presentación de solicitudes de autorización de residencia de movilidad internacional reguladas por:
- Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. (Título V, Sección segunda, Movilidad internacional arts. 63 a 76)
- Orden PCM/1238/2021, de 12 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2021, por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento de entrada y permanencia de nacionales de terceros países que ejercen actividad en el sector audiovisual.
La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (BOE Núm. 233, sábado 28 de septiembre de 2013) regula autorizaciones de residencia para determinados colectivos de extranjeros: emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores, traslados intraempresariales (ICTs), teletrabajadores internacionales y sus familiares.
De acuerdo con el artículo 76 de dicha Ley, la tramitación de las autorizaciones de residencia se efectuará por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, contemplará la utilización de medios telemáticos y su concesión corresponderá a la Dirección General de Migraciones.
En cumplimiento de dicho artículo, a través de esta sede electrónica puede:
- solicitar una autorización inicial,
- adjuntar documentación a una autorización en trámite,
- subsanar la solicitud aportando nueva documentación,
- solicitar la renovación de su autorización,
- consultar el estado de tramitación de su expediente,
- acceder a las notificaciones que le hayan sido practicadas.
- solicitar la devolución de una tasa (790 038) no aplicada relacionada con un expediente.
El procedimiento se inicia siempre mediante la presentación de una solicitud por el interesado. El sujeto legitimado para presentar la solicitud depende del tipo de autorización que se solicite:
- En el caso de autorizaciones para teletrabajador internacional y emprendedor el solicitante será el propio extranjero que va a ser titular de la autorización
- En el caso de autorizaciones para profesional altamente cualificado, investigador y trabajador desplazado en un traslado intraempresarial, trabajadores del sector audiovisual o de la 37ª Copa del América de Vela, la solicitud la deberá presentar la entidad española en la que va a prestar servicios el extranjero.
- En el caso de autorizaciones de familiar de un titular englobado en alguno de los supuestos anteriores puede presentar la solicitud tanto el propio familiar; el emprendedor del que dependan o la entidad que va a contratar al extranjero.
- En el caso de las renovaciones el solicitante será el propio extranjero cuya autorización va a renovar o sus padres/tutores legales en caso de menores.
En cualquier caso el sujeto legitimado sea persona física o jurídica puede designar a otra persona, física o jurídica, mediante comparecencia electrónica para actuar en su nombre en determinados trámites o actuaciones ante las Administraciones Públicas otorgando poder a través de la aplicación apodera (Registro electrónico de apoderamientos, a partir del código 201361 Extranjería. Autorizaciones de residencia competencia del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones)
De acuerdo con el artículo 68.1. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66, y, en su caso, los que señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
Debe tener en cuenta que cuando el sujeto legitimado para presentar sea una persona jurídica, el formulario de solicitud (modelos MIT, MIF etc.) que se adjunte a la solicitud deberá ir firmado electrónicamente con un certificado de rpresentante de persona jurídica). Para ello puede utilizar la herramienta autofirma o usar los servicios de firma electrónica valid@
En el caso de que el sujeto legitimado sea una persona física también podrán ser opcinalmente firmados electrónicamente a través de dichas aplicaciones
Consultar los sistemas de firma electrónica aceptados.
En caso de que, transcurrido el plazo legalmente establecido según la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, no haya sido notificada resolución de la solicitud de autorización de residencia, la persona interesada podrá solicitar resolución de la concesión por silencio. Dicha solicitud deberá cursarse por Sede Electrónica como Alta de Solicitud >Identificación mediante DNIe o certificado electrónico > Subsanación.
Contacta con nosotros
Para cuestiones funcionales y/o legales sobre el procedimiento contactar con la Unidad Gestora del procedimiento:
Correo electrónico: movilidad.internacional@inclusion.gob.es
Presentación de solicitudes de autorización de residencia de movilidad internacional reguladas por:
- Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. (Título V, Sección segunda, Movilidad internacional arts. 63 a 76)
- Orden PCM/1238/2021, de 12 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2021, por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento de entrada y permanencia de nacionales de terceros países que ejercen actividad en el sector audiovisual.
La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (BOE Núm. 233, sábado 28 de septiembre de 2013) regula autorizaciones de residencia para determinados colectivos de extranjeros: emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores, traslados intraempresariales (ICTs), teletrabajadores internacionales y sus familiares.
De acuerdo con el artículo 76 de dicha Ley, la tramitación de las autorizaciones de residencia se efectuará por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, contemplará la utilización de medios telemáticos y su concesión corresponderá a la Dirección General de Migraciones.
En cumplimiento de dicho artículo, a través de esta sede electrónica puede:
- solicitar una autorización inicial,
- adjuntar documentación a una autorización en trámite,
- subsanar la solicitud aportando nueva documentación,
- solicitar la renovación de su autorización,
- consultar el estado de tramitación de su expediente,
- acceder a las notificaciones que le hayan sido practicadas.
- solicitar la devolución de una tasa (790 038) no aplicada relacionada con un expediente.
El procedimiento se inicia siempre mediante la presentación de una solicitud por el interesado. El sujeto legitimado para presentar la solicitud depende del tipo de autorización que se solicite:
- En el caso de autorizaciones para teletrabajador internacional y emprendedor el solicitante será el propio extranjero que va a ser titular de la autorización
- En el caso de autorizaciones para profesional altamente cualificado, investigador y trabajador desplazado en un traslado intraempresarial, trabajadores del sector audiovisual o de la 37ª Copa del América de Vela, la solicitud la deberá presentar la entidad española en la que va a prestar servicios el extranjero.
- En el caso de autorizaciones de familiar de un titular englobado en alguno de los supuestos anteriores puede presentar la solicitud tanto el propio familiar; el emprendedor del que dependan o la entidad que va a contratar al extranjero.
- En el caso de las renovaciones el solicitante será el propio extranjero cuya autorización va a renovar o sus padres/tutores legales en caso de menores.
En cualquier caso el sujeto legitimado sea persona física o jurídica puede designar a otra persona, física o jurídica, mediante comparecencia electrónica para actuar en su nombre en determinados trámites o actuaciones ante las Administraciones Públicas otorgando poder a través de la aplicación apodera (Registro electrónico de apoderamientos, a partir del código 201361 Extranjería. Autorizaciones de residencia competencia del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones)
De acuerdo con el artículo 68.1. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66, y, en su caso, los que señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
Debe tener en cuenta que cuando el sujeto legitimado para presentar sea una persona jurídica, el formulario de solicitud (modelos MIT, MIF etc.) que se adjunte a la solicitud deberá ir firmado electrónicamente con un certificado de rpresentante de persona jurídica). Para ello puede utilizar la herramienta autofirma o usar los servicios de firma electrónica valid@
En el caso de que el sujeto legitimado sea una persona física también podrán ser opcinalmente firmados electrónicamente a través de dichas aplicaciones
Consultar los sistemas de firma electrónica aceptados.
En caso de que, transcurrido el plazo legalmente establecido según la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, no haya sido notificada resolución de la solicitud de autorización de residencia, la persona interesada podrá solicitar resolución de la concesión por silencio. Dicha solicitud deberá cursarse por Sede Electrónica como Alta de Solicitud >Identificación mediante DNIe o certificado electrónico > Subsanación.
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Para cuestiones funcionales y/o legales sobre el procedimiento contactar con la Unidad Gestora del procedimiento:
Correo electrónico: movilidad.internacional@inclusion.gob.es
Other documentation
Taxes:
(model 790 codi 038) Punt 7 SOL·LICITUD D'AUTORITZACIONS DE MOBILITAT INTERNACIONAL (LLEI 14/2013):
- Autorització de residència inicial (Per a titular i familiars depenents)
- Autorització de residència renovada (Per a titular i familiars depenents)
En finalitzar el pagament haurà d'obtenir el Número de referència Complet (NRC) necessari per a la presentació de l'expedient.
Es pot pagar amb bizum, targeta de credito o dèbit i mitjançant càrrec en compte si el titular és la persona amb el certificat digital de la qual s'està accedint. També es pot imprimir el formulari per a pagar en banc.
Les taxes, tant per a titulars com per a familiars són les del punt 7 SOL·LICITUD D'AUTORITZACIONS DE MOBILITAT INTERNACIONAL (llei 14/2013) Inicial o renovació.
Contacta amb nosaltres
Per a qüestions funcionals i/o legals sobre el procediment contactar amb la Unitat Gestora del procediment: mmmm
Mes informació
Portal de la Unitat de Grans Empreses i Col·lectius Estratègics
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- Autorització de residència renovada (Per a titular i familiars depenents)
En finalitzar el pagament haurà d'obtenir el Número de referència Complet (NRC) necessari per a la presentació de l'expedient.
Es pot pagar amb bizum, targeta de credito o dèbit i mitjançant càrrec en compte si el titular és la persona amb el certificat digital de la qual s'està accedint. També es pot imprimir el formulari per a pagar en banc.
Les taxes, tant per a titulars com per a familiars són les del punt 7 SOL·LICITUD D'AUTORITZACIONS DE MOBILITAT INTERNACIONAL (llei 14/2013) Inicial o renovació.
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Access type
Management Unit
Subdirecció General de Gestió i Coordinació de Fluxos Migratoris (Direcció General de Migracions)
SIA Code
202099
Requirements and documentation
En aplicació de l'article 32.4 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, en relació amb l'Acord del Consell de Ministres de 30 d'abril de 2025, pel qual es determina l'aplicació de l'ampliació de termes i terminis administratius com a conseqüència de la interrupció generalitzada del subministrament elèctric esdevinguda el 28 d'abril de 2025, que va afectar del correcte funcionament d'aquesta seu electrònica, s'acorda l'ampliació en dos dies hàbils de tots els terminis no vençuts en la data assenyalada.